Redacción HoraxHora
El presidente Luis Abinader emitió este viernes los decretos 784-22 y 785-22, mediante los cuales se dispone la entrega en extradición de los dominicanos Brayner Gerónimo Zorrilla y David Sebastián Flaquer Núñez, quienes fueron solicitados por los Estados Unidos.
En el decreto 784-22 se dispone la entrega al gobierno de Estados Unidos de Brayner Gerónimo Zorrilla quien está acusado de tres cargos criminales por las autoridades del Sur de la Florida.
Esos cargos son: “Asociación delictuosa para distribuir una sustancia controlada, a saber: 5 kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, tratando, sabiendo y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia controlada sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 959 (a), 963 y 960(b)(1) (B).
“Cargo 2: Asociación delictuosa para importar a los Estados Unidos, desde un lugar en el exterior, una sustancia controlada, a saber 5 kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 952(a), 963 y 960(b) (1)(B).
“Cargo 3: Asociación delictuosa para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada, a saber, 5 kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 841 (a)(1), 846 y 841(b) (1)(A) (ii)”, dice el decreto que autoriza su extradición.
Flaquer Núñez
Asimismo, mediante el decreto 785-22 el presidente Abinader dispuso la extradición de David Sebastián Flaquer Núñez contra quien pesa una acusación criminal por fraude que incluye 17 cargos, presentados por el Distrito de Islas Vírgenes.
Entre los delitos de los que se acusa a Flaquer Núñez están “Asociación delictuosa para ejecutar e intento de ejecutar un esquema y artificio para estafar y obtener dinero y propiedades por medio de pretensiones, representaciones y promesas falsas y fraudulentas y, con el propósito de ejecutar dicho esquema y artificio, provocó intencionadamente que fuera entregado por correo y por cualquier compañía de transporte privado y comercial interestatal cualquier asunto o cosa acorde con la instrucción prevista, en violación del título 18, del Código de los Estados Unidos, secciones 1341 y 1349.
Las autoridades también lo acusan de “ayudar e incitar a otros a transportar, transmitir y transferir por medio de comercio interestatal desde Santo Tomás, Islas Vírgenes, al Bronx, Nueva York, bienes, mercancías y productos robados, esto es, teléfonos, por un valor de $5,000 dólares estadounidenses o más, sabiendo que los mismos habían sido robados, transformados y obtenidos por fraude, en violación del título 18. del Código de los Estados Unidos, secciones 2314 y 2”.