Santo Domingo, República Dominicana, jueves 14 de agosto, 2025

El Ministerio Público destaca “luces y sombras” en la sentencia de Juan Alexis Medina Sánchez: apelarán la decisión

Redacción HoraxHora

El Ministerio Público calificó como una decisión de “luces y sombras” la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que impone una condena de 7 años de prisión a Juan Alexis Medina Sánchez y absuelve a algunos de los imputados del caso derivado de la Operación Antipulpo, el cual las propias juezas definieron como un caso en el que se evidenció la corrupción “plena, absoluta y profunda”.

Al salir de la audiencia en la madrugada de este jueves, el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, se refirió a los aspectos destacados de la sentencia al explicar que “en este proceso está condenado el gerente operativo de este entramado, Juan Alexis Medina Sánchez, quien además es hermano de un expresidente de la República”.

«En este proceso, además, se condenó a todas las empresas involucradas en este entramado de corrupción. También se ordenó el decomiso de todos los bienes de las personas condenadas», indicó.

«Este tribunal, además, aprobó el acuerdo que el Ministerio Público hizo con Víctor Matías Encarnación Montero (exdirector técnico de la OISOE) y condenó a los imputados al pago de multas», indicó Camacho al responder a los periodistas que le preguntaron sobre la decisión de las juezas Claribel Nivar (presidenta del tribunal), Yissell Soto Peña y Clara Sobeyda Castillo.

El procurador adjunto representó al Ministerio Público en la audiencia junto con la procuradora de corte Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca). El equipo estuvo integrado, además, por los fiscales Elizabeth Paredes, Yoneivy González y Ernesto Guzmán.

Camacho recordó que el proceso ya había alcanzado otras cinco condenas antes de la sentencia de este jueves. Cuatro de ellas admitieron los hechos en la audiencia preliminar. «Me refiero a Francisco Pagán, Juan Esteban Suriel, Domingo Santiago y Lewi Castillo, quienes se suman a los sancionados por este proceso, y a otra persona, María Isabel de los Milagros Torres Castellanos, que también fue condenada en un proceso para inimputables», dijo.

Sostuvo que en la sentencia de las juezas «hay algunas sombras, y esas sombras están vinculadas a ciertos descargos, como los de Fernando Rosa y Magalys Medina Sánchez, que, a juicio del Ministerio Público, representan una incorrecta apreciación de las pruebas que hemos presentado. Desde ahora, podemos decir que vamos a apelar esos descargos», indicó Camacho.

Insistió en que «la teoría del caso del Ministerio Público fue probada en este caso».

«Se comprobó el soborno y la estafa contra el Estado, así como la asociación de malhechores y la falsificación. Es decir, los tipos penales que presentó el Ministerio Público fueron demostrados», indicó.

«Desde el primer día, nos propusimos que no habría un solo tribunal en la República Dominicana que pudiera afirmar que no hubo pruebas. En este caso, este tribunal no ha sido la excepción y ha tenido que admitir que el Ministerio Público presentó pruebas suficientes para la decisión que tomaron, en los términos en que la tomaron», dijo Camacho.

Antes de emitir sentencia, las propias juezas plantearon: “La sociedad definitivamente tiene que levantarse ante todo este flagelo, porque la corrupción, sin duda, ha quedado evidenciada en este caso: ha sido plena, absoluta y profunda…”.

En palabras de la jueza Yissell Soto Peña, el tribunal aprovechó un momento para reflexionar sobre el profundo deterioro institucional de la sociedad, el cual se pudo evidenciar con los casos de corrupción presentados por el Ministerio Público.

«Cada vez que el tribunal conoce un caso, es como si sintiera que está en un proceso de involución; las cosas están más graves. Y creo, creemos nosotras, que debemos reflexionar nosotros mismos», dijo.

«No es que tengamos a todos los fiscales trabajando para encarcelar a quienes cometan actos indebidos, no; lo que aspiramos es a que ellos no tengan tanto trabajo, de modo que el sistema esté un poco más desahogado», agregó en una reflexión en la que insistió en que los empleados públicos de menor categoría no deben cerrar los ojos ante la corrupción.

«No podemos permitirnos una ceguera descuidada, porque si lo hacemos, nos involucraremos en cosas malas», indicó antes de alegar que, técnicamente y según su criterio, el tribunal no pudo «subsumir» algunas conductas punibles de los procesados. Esto no significó, dijo, que las juezas no apreciaran cuán malas eran las cosas juzgadas.

«Ojalá empecemos a cambiar, porque si no aprendemos a hacerlo, siempre tendremos estos procesos y siempre serán malos. Hablamos de aquel muchacho en el barrio que mata a alguien para robar un celular; si equiparamos las cosas, sinceramente no sabemos cuál es peor», indicó la jueza Soto Peña.

Parece que el texto está incompleto. Si puedes proporcionar el párrafo completo, estaré encantado de ayudarte a corregirlo gramaticalmente.

Medina Sánchez, quien dirigía el entramado de corrupción, fue declarado culpable de soborno en el comercio y la inversión, lavado de activos, uso de documentos falsos y asociación de malhechores.

El tribunal también condenó a José Dolores Santana Carmona a la pena de 6 años de prisión, y a Wacal Vernabel Méndez Pineda, Francisco Ramón Brea Morel, Carlos Martín Montes de Oca, Rigoberto Alcántara Batista, Paola Mercedes y Víctor Matías Encarnación a 5 años de prisión.

Los procesados Medina Sánchez, José Dolores Santana Carmona, Wacal Vernabel Méndez Pineda, Paola Mercedes, Rigoberto Alcántara Batista y varias empresas deberán pagar 500 millones al Estado dominicano.

También, las empresas Domedical Supply SRL, Fuel American Inc., General Supply Corporations SRL, General Medical Solution AM SRL, Kyanred Supply SRL, Suim Suplidores Institucionales Méndez SRL, United Suppliers Corporations SRL, Wattmax Dominicana SRL, WMI International SRL, Wonder Island Park SRL, Acorpor SRL, Ichor Oil SRL, Globus Electrical SRL, Contratas Solution Services CSS SRL, Constructora Alcántara Bobea (CONALBO) SRL, Proyectos Engineering & Construction PIC SRL, Reivasapt Investment SRL y Suhold Transporte y Logística SRL.

Juan Alexis Medina Sánchez y los demás condenados deberán cumplir la prisión en los centros de corrección y rehabilitación Najayo Hombres y Najayo Mujeres, en la provincia de San Cristóbal. Además, deberán pagar las costas penales del proceso.

En virtud del acuerdo al que llegó con el Ministerio Público, el procesado Víctor Matías Encarnación Montero fue declarado culpable y condenado a 5 años de prisión, disponiendo el tribunal la suspensión de la pena, sujeta a ciertas condiciones, entre las que se encuentra residir en el domicilio notificado al tribunal. Además, fue condenado al pago de las costas penales y a una multa de 500 mil pesos.

Fueron absueltos Fernando Rosa, Carmen Magalys, Freddy Hidalgo, Rafael Antonio Germosén Andújar, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, Pachristy Emmanuel Ramírez, Carlos José Alarcón, Libni Arodi Valenzuela Matos, José Miguel Genao Torres, Antonio Florentino Méndez, José Idelfonso Correa Martínez, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez y Fulvio Antonio Cabreja Gómez.

Además, las empresas Cemeraf y Editorama fueron absueltas del cargo de lavado de dinero y liberadas del pago de las costas penales del proceso.

La lectura completa de la sentencia se programó para el próximo 25 de septiembre.

En su decisión, dada a conocer alrededor de las 3:40 de la madrugada, las juezas Claribel Nivar (presidenta del tribunal), Yissell Soto Peña y Clara Sobeyda Castillo destacaron la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, reconociendo la complejidad del caso. «Históricamente, este tribunal no había tenido esta experiencia».

Además, determinaron que Alexis Medina participó en contrataciones públicas sin cumplir con los requisitos legales y que utilizó múltiples empresas para beneficiarse con contratos del Estado.

Sobre Alexis Medina, el Ministerio Público estableció que el acusado, valiéndose de diferentes empresas en violación a la Ley 340, obtuvo innumerables contratos. Estos hechos impactaron al Ministerio de Salud Pública con los medicamentos de alto costo y el equipamiento de hospitales, al Ministerio de Obras Públicas con el material asfáltico, y a la participación en las compras de EdeEste. En la Policía Nacional, se involucró con combustible por más de 220 millones, de los cuales no entregó aproximadamente 32 millones.

El tribunal pudo constatar que a la empresa Fuel América le faltaban requisitos básicos para participar en el proceso de compras para suministrar combustible a la Policía Nacional.

Además, constató y verificó la afectación de diferentes bombas de la Policía Nacional, que forman parte de los más de 32 millones mencionados por el Ministerio Público en su acusación.

En la lectura se destacó lo siguiente en relación con la Policía Nacional: “Las anomalías que el tribunal identificó son asombrosas”.

Además, se confirmó que se entregaron sobornos en la Unidad de Electrificación Rural y Suburbana (UERS).

Las juezas rechazaron la exclusión de las pruebas presentadas por el órgano acusador, estableciendo que en la recolección de estas se cumplió con el debido proceso legal.

El tribunal rechazó varios incidentes, entre ellos el presentado por la defensa de Aquiles Christopher, relativo a la violación del plazo de 48 horas para la presentación de la medida de coerción, en el cual solicitaron la nulidad de la investigación por error de forma (fuera de plazo).

Tras concluir el juicio el pasado 30 de julio, el tribunal fijó para este miércoles 13 de agosto, a las 11:00 de la mañana, la lectura de la decisión. Posteriormente, la aplazaron para las 5:00 de la tarde de ese mismo miércoles.

Cerca de seis horas después, específicamente a las 10:45 de la noche del miércoles, el tribunal comenzó con las motivaciones. Previamente, la presidenta, Claribel Nivar, se disculpó por el retraso, explicando que habían tenido tres días de arduo trabajo para dar respuesta al caso de manera oportuna.

Explicó que el 10 de mayo de 2023 el tribunal asumió el proceso, durante el cual se llevaron a cabo 127 jornadas y se dedicó una gran cantidad de horas en coordinación con el equipo del despacho judicial.

Compartir

Noticias recientes

Abinader inaugura Circunvalación de Baní: 19.8 km que impulsan el sur
CODUE respalda renovación de la cédula e insta a la JCE realizar revisiones necesarias
EEUU incauta bienes a Maduro por US$700 MM en RD y Florida
Barbecue desafía a EE.UU. tras millonaria recompensa: “Si el FBI me quiere, aquí estoy”
Scroll al inicio