Santo Domingo, República Dominicana, domingo 24 de noviembre, 2024

JCE ratifica sus registros suman 8,556 fallecidos por Covid-19 en RD

La Junta Central Electoral reiteró este viernes las estadísticas oficiales sobre personas fallecidas en relación al Covid-19, como indican las actas de defunción, con lo que respondió declaraciones de un viceministro de Salud Pública que trató de desmentir la versión del organismo electoral.

La Junta dijo que al 9 de septiembre, el organismo tiene asentado en sus registros un total de 8,656 personas fallecidas en relación al Covid-19, según consta en las actas de defunción recibidas en todo el país. El Ministerio de Salud Pública sostenía este viernes, en su boletín estadístico número 539, un total de 4,014 defunciones a consecuencia del Covid-19 desde que se registró el primer fallecimiento, el 15 de marzo de 2020.

“La Junta Central Electoral lamenta llevar a escenario público estas cifras que recuerdan el dolor a miles de familias por la pérdida de seres queridos, sin embargo, este órgano constitucional es respetuoso del principio de transparencia y sus datos vinculados al Registro Civil son fidedignos y apegados a los procedimientos legalmente establecidos”, dice el comunicado emitido este viernes, 10 de septiembre, por la Junta.

Y agrega que “los datos aportados han sido depurados minuciosamente ya que la exclusión de estas cifras impacta a la integridad y confianza de nuestro padrón electoral”.

Explica que “la JCE se apoya de un documento que expiden otras instituciones para poder registrar las defunciones a solicitud de la parte interesada, tal como dice la ley… la JCE no establece causas ni el lugar de los fallecimientos, sino la entidad que emite el certificado de defunción, pues no existe ninguna interoperatividad entre las instituciones involucradas”.

Varias entidades, incluyendo el Colegio Médico Dominicano, pidió hoy a las autoridades de Salud Pública explicar las diferencias en las estadísticas sobre las defunciones por Covid-19 en el país a lo largo de los 17 meses y medio de pandemia. En iguales términos se pronunció el obispo de Barahona.

Este es el texto del comunicado publicado este viernes por la Junta Central Electoral:

“COMUNICADO
La Junta Central Electoral (JCE) de acuerdo a la Constitución y las leyes es la entidad responsable de la custodia, el mantenimiento y conservación del Registro Civil que asienta todos los actos del estado civil de los dominicanos y dominicanas, a saber, nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones.

En ese sentido, la Ley 659-44 de Actos del Estado Civil, en los artículos del 68 al 79 inclusive, establece los requisitos y procedimientos a seguir para el asentamiento de las defunciones en el Registro Civil. En relación a la entidad que en principio tiene competencia para emitir el certificado que acredita el fallecimiento, que sirve de sustento para el registro y posterior emisión del Acta de Defunción por parte de la JCE, en la actualidad es el Ministerio de Salud Pública.

Mientras que cuando el fallecimiento ocurre fuera de una clínica u hospital en zonas rurales, este lo puede certificar un Alcalde Pedáneo quien tiene fe pública para esos fines de acuerdo a la citada ley que señala: “Cuando la defunción ocurra fuera de las zonas urbanas y el enterramiento del cadáver vaya a ser efectuado en un cementerio rural, la declaración podrá ser hecha ante el Alcalde Pedáneo, el cual deberá, en los casos en que conciba alguna duda transportarse a la morada del difunto para cerciorarse del hecho. Este funcionario deberá comunicar las declaraciones de defunciones que reciba, dentro de los diez días de haberlas recibido, al Oficial del Estado Civil correspondiente, para que éste las inscriba en sus registros”.

La JCE se apoya de un documento que expiden otras instituciones para poder registrar las defunciones a solicitud de la parte interesada, tal como dice la ley. La JCE no establece causas ni el lugar de los fallecimientos, sino la entidad que emite el certificado de defunción, pues no existe ninguna interoperatividad entre las instituciones involucradas.

A solicitud de varios medios de comunicación, por vía de Libre Acceso a la Información Pública, sobre las estadísticas del Covid-19 registradas desde el 15 de marzo del 2020 al 2 de septiembre del 2021, tuvimos a bien informar que en nuestros archivos se registra que fallecieron 8,603. Al día de ayer, 9 de septiembre del 2021, la cifra asciende a 8,656 personas asentadas en 101 municipios y 118 oficialías del Estado Civil. De estos, 5,498 pertenecen al sexo masculino y 3,158 de sexo femenino; 8,243 fallecieron en una clínica u hospital; 359 en casa o residencia; 28 carretera o en la vía; 14 transcripciones de fallecimientos en el exterior y 12 en otro lugar no especificado en el documento aportado.

Cabe destacar, que estos resultados abarcan todo el territorio nacional, aun cuando el registro aparezca solo en 101 municipios, debido a los límites jurisdiccionales que establece la Ley, relativa a que el fallecimiento se registra en el lugar donde ocurre. Esto obedece a que al inicio de la pandemia había clínicas y hospitales específicos para tratar pacientes con Covid-19.

Es preciso señalar que cada uno de esos asentamientos de defunciones tienen un evento creado en el sistema del Registro Civil de la JCE y se agotaron los procedimientos establecidos por la ley para afirmar que fueron defunciones ocurridas.

En conclusión, y en procura de evitar el subregistro ante la disgregación de las entidades que pueden certificar el fallecimiento (Salud Pública y Alcaldes Pedáneos), la JCE propuso en la modificación de la Ley 659-44 que cursa en el Congreso Nacional que: “cuando el fallecimiento ocurra de forma natural en una zona rural, donde no hayan autoridades médicas, la autoridad municipal se encargará de realizar el levantamiento correspondiente reportando al centro de salud más cercano, quien emitirá el certificado de defunción de conformidad con las formalidades del Ministerio de Salud Pública. La autoridad municipal después de concluir con el debido proceso comunicará al oficial del estado civil el fallecimiento, dentro de los plazos establecidos en la presente ley”.

La Junta Central Electoral lamenta llevar a escenario público estas cifras que recuerdan el dolor a miles de familias por la pérdida de seres queridos, sin embargo, este órgano constitucional es respetuoso del principio de transparencia y sus datos vinculados al Registro Civil son fidedignos y apegados a los procedimientos legalmente establecidos.

Finalmente, los datos aportados han sido depurados minuciosamente ya que la exclusión de estas cifras impacta a la integridad y confianza de nuestro padrón electoral.

Junta Central Electoral

10 de septiembre de 2021”.

 

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