Santo Domingo, República Dominicana, lunes 22 de diciembre, 2025

Interior y Policía extiende gracia para renovación de licencias de armas de fuego hasta el 31 de enero de 2026

Redacción HoraxHora

El Ministerio de Interior y Policía anunció este lunes la extensión de la vigencia de la gracia económica que exonera del pago de recargos por mora a los ciudadanos que realicen la renovación de sus licencias de porte y tenencia de armas de fuego.

Mediante una resolución emitida el 19 del presente, la ministra Faride Raful dispuso que el beneficio, establecido originalmente en la Resolución núm. MIP-RR-0008-2025, se mantenga en vigor hasta el 31 de enero de 2026.

La medida tiene como objetivo facilitar el proceso de regularización de las licencias vencidas, sin la aplicación de recargos adicionales, y promover el cumplimiento de la normativa vigente en materia de control de armas.

La resolución mantiene en pleno vigor las demás disposiciones contenidas en la normativa emitida el 8 de septiembre de 2025 y advierte que, una vez concluido el plazo de gracia, las personas que no hayan formalizado la renovación de sus licencias quedarán sujetas a las sanciones previstas en la Ley 631-16, sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

La ministra de Interior y Policía, en el Ejercicio de sus Atribuciones Legales, Resuelve:

Primero. Se extiende la vigencia de la gracia económica consistente en la exoneración de recargos por mora estipulada en el artículo Segundo de la Resolución núm. MIP-RR-0008-2025, para lo relativo a la renovación de licencias de porte y tenencia de armas de fuego, para que, en lo adelante sea hasta el treinta y uno (31) de enero de 2026, inclusive.

Segundo: Mantener en pleno vigor y efecto las demás disposiciones estipuladas en la resolución núm. MIP- RR-0008-2025, de fecha 8 de septiembre de 2025.

Tercero: Finalizado el citado plazo de gracia, aquellas personas que no hayan formalizado la regularización de sus licencias de armas de fuego, serán pasibles de las sanciones establecidas en la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Cuarto: Se instruye a la Dirección de Registro y Control de Porte y Tenencia de Armas a adoptar todas las medidas y realizar las gestiones necesarias para garantizar la correcta ejecución y cumplimiento de la presente Resolución, incluyendo aquellas actuaciones que resulten indispensables para su efectiva implementación.

Quinto: Publicación y divulgación. Se ordena que la presente Resolución sea remitida a la Dirección de Comunicaciones del Ministerio de Interior y Policía y a la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública para su publicación y divulgación a través del portal transparencia de la institución.

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día

diecinueve (19) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025).

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