Santo Domingo, República Dominicana, martes 8 de octubre, 2024

Se mantiene el mismo horario de toque de queda

El toque de queda en las demarcaciones más restringidas se mantiene todos los días desde las 6:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., con una gracia de libre circulación hasta las 9:00 p.m., con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.

Este es el 29 toque de queda solicitado por el gobierno desde el anuncio de la pandemia del covid-19 en el país.

Sólo en el 2020, los gobiernos de DaniloMedina Luis Abinader establecieron 15 toque de quedas.

En este año, han sido solicitados los restantes, teniendo los tres últimos una vigencia de una semana de duración.

Este horario aplica al Distrito Nacional y las provincias Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor y Hermanas Mirabal, Independencia, La Romana.

María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel, Monte Cristi, Monte Plata, Pedernales, Peravia, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Juan, San Pedro de Macorís, Sánchez Ramírez, Santiago Rodríguez, Santo Domingo y Valverde.

Mientras que para Duarte, Espaillat, La Altagracia, La Vega, Samaná, Santiago y Puerto Plata, se mantiene de lunes a viernes desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., y los sábados y domingos desde las 9:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., con una gracia de libre circulación hasta las 12 de la medianoche todos los días.

Venta de bebida alcohólicas

Del mismo modo, el decreto 401-21 mantiene la prohibición de consumir bebidas alcohólicas a partir de las 3:00 p.m. en establecimientos públicos y privados de uso público, así como la venta de estos productos si es para ser consumidos en dichos lugares.

En cambio, se pueden vender bebidas alcohólicas hasta el horario normal del toque de queda, dependiendo de la demarcación de que se trate, siempre que se venda para llevar (take-out) o a domicilio (delivery) en su envase original sellado.

Funcionamiento de mercados binacionales

En este sentido, se mantienen abiertos los mercados binacionales, cuyo funcionamiento será regulado por las autoridades competentes.

Con el decreto 401-21 se mantienen todas las medidas dispuestas en el decreto 349-21, y sus modificaciones, que a la fecha estaban vigentes.

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