Santo Domingo, República Dominicana, domingo 31 de agosto, 2025

Senado aprueba en primera lectura nuevo Código Penal sin las tres causales del aborto

Redacción HoraxHora

Con 23 votos a favor y luego de una lectura íntegra de 413 artículos, que se tomó casi cinco horas, el Senado aprobó este jueves en primera lectura el nuevo Código Penal sin las denominadas «tres causales» para permitir el aborto.

Los senadores tendrán que realizar una segunda lectura del proyecto el próximo martes, en la cual también se espera que sea aprobado, para luego enviar la pieza a la Cámara de Diputados, donde sería leída nuevamente.

El texto tipifica modalidades delictivas como genocidio, feminicidio, desaparición forzada, sicariato, tratos crueles, actividad sexual no consentida, hostigamiento, daños con sustancias nocivas o infracciones por medios digitales, entre otras.

También hay nuevas tipificaciones relativas a terrorismo, tortura, arresto ilegal, lesa humanidad, feminicidio, robo de identidad, inducción al suicidio, corrupción administrativa y bullying.

En esta nueva pieza no fueron aprobadas las tres causales que permiten el aborto, uno de los tranques que ha impedido la aprobación de esta iniciativa por años.

El nuevo Código Penal establece penas de 20 a 40 años de prisión para los delitos de Espionaje, Espionaje agravado y el Sabotaje, así como multas de 20 a mil salarios mínimos del sector público.

Asimismo, contempla, además, el cúmulo de penas por varios cargos hasta los 60 años.

En tanto, que, los artículos 95 y 96 castigan con penas entre 10 y 30 años de prisión los atentados dolosos contra personas, como el homicidio, y el homicidio agravado.

En el artículo 97 refiere que el feminicidio constituye el hecho que cause la muerte de una mujer, independientemente de la edad, relación de pareja, y sin importar el lugar donde ocurra, será sancionado con pena de treinta a cuarenta años de prisión mayor.

En el artículo 102, indica que quien planifique un acto de sicariato, encargue, ordene o ejecute de manera directa o indirecta, un asesinato, a cambio de entregar o recibir una remuneración o a cambio de una promesa de remuneración, es culpable de sicariato, y será sancionado con penas de treinta a cuarenta años.

La normativa legislativa contempla penas mayores en el artículo 191, para los que cometen explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, así como la utilización de personas menores de edad en actividades sexuales a cambio de dinero. Este delito será castigado con penas mayores de 10 a 20 años.

La ley contempla, además, el castigo con diferentes penas al delito de hostigamiento o intimidación “Bullying”, tortura, actos de barbarie, ciberdelitos, uso de sustancias nocivas o ácido del diablo, actividad sexual no consentida, extorsión y chantaje, la corrupción, entre otros tipos penales que se contemplan en el nuevo código.

La sesión dio inicio a las 11:05 a.m., y finalizó a las 5:31 p.m., de este jueves.

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