Santo Domingo, República Dominicana, jueves 3 de julio, 2025

Senado aprueba en segunda lectura Código Penal; no incluye las causales

Redacción HoraxHora

Después de una larga jornada de lectura y debate sobre, el Senado aprobó este miércoles en segunda lectura y con modificaciones el proyecto de ley para la actualización del Código Penal en la República Dominicana que tipifica nuevos delitos que no están contemplado en la normativa vigente.

La pieza contó con el voto favorable de 20 de 22 senadores presentes. Votaron en contra de la pieza Yván Lorenzo, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Faride Raful, del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

A la iniciativa de ley se le hicieron varias modificaciones de forma seis de ellas sometida por el senador Ramón Rogelio Genao, a los artículos 159, 114, 116, 160, 188, 123, en las que incrementó las penas y salarios mínimos por la comisión de las violaciones establecidas. Al igual que las propuestas de la senadora Raful, quien presentó variación en los artículos 188 y 226.

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, también sometió una moción al artículo 135 sobre la actividad sexual de pareja no consentida.

La senadora del Distrito Nacional Faride Raful, sometió una observación al artículo 226 sobre infracción por medio de comunicación y ciberespacio.

Esta iniciativa que lleva más de 20 años pululando en la sede legislativa fue reintroducida por los senadores Ramón Rogelio Genao, del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC); Virgilio Cedano, de Dominicanos por el Cambio (DxC); Alexis Victoria Yeb, del Partido Revolucionario Moderno; y Dionis Sánchez de la Fuerza del Pueblo (FP).

Esta iniciativa de ley está compuesta por 419 artículos en los que se establecen nuevos cargos penales y cúmulos de penas, castiga el genocidio, feminicidio, sicariato y daños con sustancias químicas, con penas desde 30 a 40 años de prisión.

El proyecto de ley también contempla el cúmulo de penas con infracciones muy graves que no excederá los 60 años de prisión.

En la propuesta de modificación excluye de responsabilidad penal al Estado, iglesias y otras instituciones, así está estipulado en el artículo 14.

El proyecto de ley también elevará las penas de agresiones sexuales a 10 y 20 años de prisión.

Principio del formulario

Final del formulario

Si la agresión es ejercida por un adulto contra un niño o adolescente entonces los años que pasaría en prisión serían de 10 a 20 años, tomando en cuenta que el niño o adolescente no está en capacidad de dar su consentimiento.

En el caso de las actividades sexuales no consentidas en una relación de pareja también están tipificadas en esta iniciativa de ley.

Cuando el acto se lleve a cabo mediante engaño, utilizando la fuerza, intimidación, amenaza o coacción, cuando se utilicen narcóticos, sustancias psicotrópicas o químicas para neutralizar la voluntad de la víctima, el agresor puede enfrentar una condena de cuatro a diez años de prisión.

La controversial iniciativa continúa penalizando el aborto sin excepciones castigando con prisión uno a dos años a la mujer, médicos, enfermeras, farmacéuticos y parteras que participen en la interrupción de un embarazo.

Sin embargo, en caso de que la mujer muera la pena es aumentada de cuatro a diez años de prisión.

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