Santo Domingo, República Dominicana, lunes 15 de septiembre, 2025

Servicios entre Senasa y Prestadoras de Salud no están bajo el ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas

Redacción HoraxHora

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó que las contrataciones realizadas entre las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) y el Seguro Nacional de Salud (SENASA) no están reguladas por la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, sino que están amparadas por la Ley 87-01 de Seguridad Social.

No obstante, la institución explicó que, en los casos de contrataciones de bienes o servicios con empresas que no cuentan con la debida habilitación como prestadoras de servicios de salud emitida por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), estas sí quedan sujetas a la Ley 340-06 y entran dentro del marco de regulación de la DGCP.

“Este principio quedó claramente reflejado en la resolución RIC-0109-2025, emitida el pasado 15 de agosto de 2025 por este órgano rector, que dejó sin efecto la contratación de la empresa Farmacard, S.R.L. por parte de SENASA. La medida se adoptó porque la empresa no contaba con la acreditación necesaria como prestadora de servicios de salud, por lo que su contratación debía regirse según los lineamientos de la Ley 340-06”, destacó la DGCP mediante una nota de prensa.

En ese sentido, la DGCP reiteró que su competencia no abarca las contrataciones realizadas por prestadoras de servicios de salud debidamente habilitadas, pero sí interviene cuando el objeto de la contratación involucra bienes o servicios de empresas no habilitadas conforme a la normativa vigente, garantizando la legalidad, la transparencia y la protección de los derechos de los ciudadanos.

El órgano rector aseguró que entregará a la Procuraduría General de la República y a la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República toda la información disponible sobre este caso en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, junto con un informe de análisis de la contratación de Farmacard S.R.L. por parte de Senasa.

Finalmente, la DGCP reiteró su compromiso con la correcta aplicación de la Ley 340-06 en los ámbitos de su competencia, así como con la coordinación con los órganos reguladores correspondientes, asegurando que los procesos de contratación cumplan con los estándares legales y técnicos requeridos.

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