Santo Domingo, República Dominicana, miércoles 16 de julio, 2025

Tribunal Constitucional prohíbe uso de apodos en los casos penales porque «vulnera la presunción de inocencia

Redacción HoraxHora

El Tribunal Constitucional prohibió al Ministerio Público el uso de sobrenombres o motes durante los procesos penales porque «vulnera la presunción de inocencia».

Mediante la sentencia TC-0222, dictaminó que los sobrenombres o motes han de ser empleados «única y exclusivamente como estrategias secretas de investigación y organización de los equipos de trabajo, para evitar filtraciones de información, no así de cara o de conocimiento del público una vez es instrumentado el proceso».

«Vincular un mote o sobrenombre a una alegada operación delictiva, sin tomar en cuenta las condiciones de su uso antes explicadas, rompe con las buenas prácticas de investigación, pues más que guardar la confidencialidad del proceso, da indicios de lo que se investiga», consideró.

Estableció la prohibición del uso de motes de manera pública por parte de los órganos investigativos que «menoscaben los derechos fundamentales a la dignidad humana, derecho al honor, buen nombre, propia imagen, integridad y presunción de inocencia».

«El uso indiscriminado de motes vulnera la presunción de inocencia y el principio del juez imparcial, induciendo al juez y al público a determinar la culpabilidad sin juicio previo ni condenación que refrende las imputaciones», dijo el TC.

El tribunal decidió ante un recurso de inconstitucionalidad sometido por el exprocurador Jean Alain Rodríguez, acusado de supuesta corrupción, cuyo caso fue denominado Medusa por el Ministerio Público.

Compartir

Noticias recientes

Gobierno entrega Bono de Emergencia a familias afectadas en Jet Set
OPRET reitera suspensión del servicio en cinco estaciones del Metro SD a partir de este miércoles
Alcaldía del Distrito Nacional realizará honras fúnebres a Fello Suverbí este jueves
Abinader declara duelo oficial por muerte de Fello Suberví
Scroll al inicio