La Junta Central Electoral, creo y acojo, estuvo ‘bien intencionada’ al tratar de imponer ‘reglas de juego’ sobre el ‘desborde’ de una campaña, que fuera de los plazos legales despliegan partidos, dirigentes y aspirantes a cargos electivos, quienes no han obtemperado las advertencias que sobre esa práctica establece la Ley de Régimen Electoral que rige al organismo.
La pretensión de la Junta, amén de violentar la Constitución de la República en aspectos como las libertades de prensa, de expresión, de libre empresa, va más allá de sus facultades, toda vez que una Resolución no puede añadir atribuciones que el legislador no ha consignado en la ley.
En el caso de marras, la Resolución no apunta a los partidos políticos, ámbito principal de alcance de la Junta, si no que fue enfocada directamente a las empresas encuestadoras y los medios de comunicación que difunden los resultados de los muestreos, ambos estamentos protegidos por la prerrogativa informar que concede la libertad de prensa, y al ejercicio de libre empresa, taxativamente consignados como derechos fundamentales en nuestra Constitución.
Creo, como digo en el inicio de este comentario, que la medida de la Junta estuvo ‘bien intencionada’ en un esfuerzo, hasta desesperado, en procura de ‘hacer valer’ su ‘autoridad’, desafiada por una carrera fuera de tiempo de partidos y aspirantes por posicionamientos, de cara a la consulta electoral del 2028. Partidos que pareciera ‘entramparon’ a la Junta, apoyando una Resolución, que luego muchos satanizan.
El camino tomado, sin embargo, entiendo no fue el correcto y aconsejo que la Junta, a tiempo de reconocerlo y rectificar, vuelva sobre sus pasos, antes que el Tribunal Constitucional la obligue.



