Santo Domingo, República Dominicana, martes 5 de diciembre, 2023

Poder Ejecutivo promulga Ley sobre Fideicomiso Público

Redacción HoraxHora

El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó hoy la ley que regula el fideicomiso público en la República Dominicana. Esto establece un marco legal innovador para su organización, estructura y funcionamiento.

La norma jurídica es ahora la Ley 28-23, que estipula que la constitución de los fideicomisos públicos estará sujeta a la aprobación del Poder Ejecutivo. Esto será mediante decreto y deberá cumplir con el artículo 128, numeral 2, de la Constitución en casos específicos.

El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó hoy la ley que regula el fideicomiso público en la República Dominicana. Esto establece un marco legal innovador para su organización, estructura y funcionamiento.

La norma jurídica es ahora la Ley 28-23, que estipula que la constitución de los fideicomisos públicos estará sujeta a la aprobación del Poder Ejecutivo. Esto será mediante decreto y deberá cumplir con el artículo 128, numeral 2, de la Constitución en casos específicos.

Asimismo, garantiza que las compras y contrataciones públicas en el marco del fideicomiso público se rijan por la Ley No. 340-06. Esta ley es sobre Compras y Contrataciones Públicas, Obras y Concesiones y sus modificaciones. Para asegurar una gestión eficaz y responsable de los fondos públicos.

En cuanto al acceso a la información, la ley establece un precedente. Esto es al exigir que todas las informaciones contenidas en el Contrato de Fideicomiso u otros actos sujetos a registro público sean reveladas por el Fideicomitente. Ello a través de su respectivo Departamento u Oficina de Acceso a la Información Pública, conforme a la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.

Supervisión y regulación del fideicomiso público

La supervisión y regulación de los fideicomisos públicos recaerá en el ente gubernamental participante en el fideicomiso, la Cámara de Cuentas, la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia del Mercado de Valores, según corresponda, en función del objeto del fideicomiso. Esta estructura de supervisión garantiza la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos.

La norma en cuestión también aborda las sanciones administrativas, estableciendo un sistema de clasificación de infracciones en muy graves, graves y leves.

La Superintendencia de Bancos tendrá la facultad de imponer sanciones a las fiduciarias, siguiendo los criterios establecidos en la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

La promulgación de esta ley marca un hito en la historia de la República Dominicana y demuestra el compromiso con la transparencia, la eficiencia y la responsabilidad en la gestión de los recursos públicos.

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